Por Daniel Arias Alfonzo
Contexto histórico
Después de los hechos acontecidos el pasado 3 de enero, se ha generado una situación evidente de cambio político de 180° dentro del régimen, que les ha llevado a una situación de cooperación absoluta con el gobierno de Estados Unidos en materia económica.
Esto implica un alineamiento con las políticas liberales y de fomento a las actividades de las empresas estadounidenses, que han derivado en una reforma petrolera sin precedentes, que ha sepultado 100 años de legislación en favor del estatismo y que habían producido la nacionalización de la industria petrolera en 1976.
La Pdvsa, que se convirtió en una de las empresas más importantes del mundo y que fue símbolo de la modernización en Venezuela, ha sido muy golpeada por los conflictos políticos y los hechos inocultables de corrupción que el mismo gobierno ha denunciado desde hace casi 10 años.
El escenario de un colapso económico y social que arrasa lo que queda de la sociedad en Venezuela ha obligado al gobierno encargado, de los hermanos Rodríguez como cabezas de los poderes ejecutivo y legislativo, a presentar una propuesta que hubiese sido el sueño de John David Rockefeller y la Standard Oil. La misma se describe a continuación:
Descripción de la reforma
Son un total de 35 artículos incorporados, desde el Objeto de la Ley hasta las disposiciones transitorias.
Se puede resumir en los siguientes apartados:
1- General:
Se compone de los primeros 14 artículos de la reforma, donde se exponen los siguientes artículos:
1- Reforma profunda de las actividades petroleras a objeto de incorporar al sector privado.
8- Introducción de mecanismos alternativos de mediación y arbitraje de carácter internacional.
23- Definición de las empresas privadas como operadoras de actividades primarias.
25- Posibilidades de cesión total o parcial de bienes muebles e inmuebles a empresas operadoras.
26- Autonomía administrativa para abrir cuentas bancarias y celebrar contratos como socio minoritario.
34- Calificación de notificación a la Asamblea Nacional y aprobación por el Ministerio del Petróleo, esperando reforma del Código de Comercio.
35- Duración de concesiones a 25 años más 15 de renovación.
36- Derechos del Accionista Comunitario.
A) Comercialización de cuota de producción.
B) Control de cuentas bancarias propias.
C) Gestión técnica y operativa de la empresa mixta.
38- Contraprestaciones: becas, asistencia técnica, transferencia tecnológica, bolsa de empleo, centro de investigación.
40- Gestión integral de ejercicio de actividades por empresas privadas.
41- Retribución de empresas operadoras con volúmenes de hidrocarburos comercializados.
42- Regulación de uso de activos y áreas de empresas públicas.
43- Devolución de activos sin indemnización.
2- Económica-Fiscal:
Es el apartado referente a las presiones fiscales y obligaciones económicas que han sido ajustadas para incentivar la inversión privada.
Su articulado es el siguiente:
44- Designación de Pdvsa y sus filiales como agente de retención fiscal de regalías e Impuesto Integrado de Hidrocarburos.
51- Ajuste del 30% de las regalías a niveles variables según las especificaciones de cada proyecto.
55- Descripción del Impuesto Integrado de Hidrocarburos sobre la base de ingresos brutos.
56- Fijación de un tope del 15% como alícuota del Impuesto Integrado de Hidrocarburos.
57- Descripción mecánica del pago del Impuesto Integrado de Hidrocarburos, por determinación mensual y liquidación anual.
58- Reducción del pago del 50% de las ganancias netas del Impuesto Sobre la Renta a niveles variables fijados por el Ministerio.
59- Exenciones fiscales:
1- Grandes patrimonios: 0,25% a 1,5% del activo.
2- Ley Protección Pensiones y Seguridad Social: 9% total pagado en nómina.
3- Ley de Drogas: 1% utilidades operativas.
4- Ley de Deporte: 1% utilidad neta operativa.
5- Ley de Ciencias y Tecnología: 1% de los ingresos brutos mensuales en empresas de hidrocarburos.
68- Descripción de las actividades de comercialización directa de hidrocarburos.
69- Obligaciones de las empresas de comercialización de hidrocarburos.
3- Jurídica-Política
Está enfocada en los aspectos jurídicos de eliminar leyes que entren en conflicto con esta ley y establecer disposiciones indispensables para su entrada en vigencia, tales como:
Disposiciones Derogatorias:
A) Ley Regulación de la Participación Privada en Actividades Primarias (G.O. # 38.419).
B) Ley Orgánica que reserva al Estado Bienes y Servicios conexos a las actividades primarias (G.O. # 38.173).
C) Ley Contribución Especial por Precios Extraordinarios y Precios Exorbitantes en el mercado internacional de Hidrocarburos (G.O. # 40.114).
D) Decreto # 5.200 sobre Ley de Migración a Empresas Mixtas (G.O. # 38.632).
E) Acuerdo Asamblea Nacional sobre modelos de contrato en empresas mixtas (G.O. # 38.410).
F) Acuerdo Asamblea Nacional sobre funcionamiento de Empresas Mixtas (G.O. # 39.273).
Disposición Primera: Se deroga todo instrumento legal que colide con esta Ley.
Disposición Transitoria Segunda: Se ordena la evaluación y adecuación de todas las empresas mixtas en un lapso de 180 días.
Disposición Transitoria Tercera: Adecuación inmediata de los Contratos de Participación Productiva.
Disposición Transitoria Cuarta: Se ordena al Ministerio diseñar todo lo referente al Impuesto Integrado de Hidrocarburos en un lapso de 30 días.
Disposición Final: Se da una vacación legal de 60 días a los artículos referentes a los siguientes impuestos: 51, 55, 56, 57, 58 y 59.
Conclusiones
Con esta nueva Ley de Hidrocarburos, las empresas estadounidenses recuperan el control de la economía nacional a un nivel de hace 100 años y, en el momento en el cual estén produciendo a plenitud, serán los bastiones de la economía nacional, regional y local en los lugares geográficos donde funcionen las sedes de dichas organizaciones empresariales.


