El Consejo Nacional Electoral (CNE) publicó recientemente en su página web la prohibición expresa que, hasta ahora, le impide a la candidata presidencial unitaria, María Corina Machado, «ejercer cargos o función pública», de acuerdo con la información que el ente comicial presenta en su plataforma sobre el estatus de la ganadora de la Primaria del 22 de octubre.
Por: Jesús Abreu Mena – El Pitazo
La medida, que el CNE no había hecho pública, es la más reciente acción de otra institución del Estado que le da continuidad a una serie de irregularidades sobre el caso de Machado, y que El Pitazo resume a continuación en seis claves, basado en un análisis de la ONG Acceso a la Justicia, así como en lo denunciado por la delegación negociadora de la Plataforma Unitaria Democrática semanas atrás.
1.-Falso supuesto de hecho
De acuerdo con Acceso a la Justicia, el primer motivo para considerar ilegal la inhabilitación de Machado que la Contraloría impuso por 15 años es que la medida califica como «vicio de acto administrativo», pues precisa la ONG que «se aplica una norma jurídica a un hecho distinto al previsto por esta última».
Acceso a la Justicia detalla que Machado no es funcionario público, no desempeña ningún cargo de elección o designación en el Estado ni recibe o administra fondos públicos.
Entre los motivos que la Contraloría detalló para informar sobre la medida, mediante un documento dirigido a un parlamentario de la Asamblea Nacional oficialista, el 30 de junio de 2023, resalta la supuesta participación de Machado en una presunta trama de corrupción de la que el oficialismo acusa a Juan Guaidó durante su período a cargo del Gobierno interino.
Asimismo, la Contraloría vincula a Machado con lo que denomina el «bloqueo criminal» y el despojo de empresas venezolanas en el extranjero, como Citgo, filial de Pdvsa en Estados Unidos, y Monómeros, filial de Pequiven en Colombia.
Acceso a la Justicia resalta que ese señalamiento de la Contraloría no se ajusta a la realidad, porque Machado no integraba la Asamblea Nacional electa en 2015, de mayoría opositora, pues otra inhabilitación de la propia Contraloría le impidió reelegirse como diputada en 2015.
2.-Fuera de tiempo
La Contraloría, que en junio de 2023 estaba dirigida por el hoy presidente del CNE, Elvis Amoroso, añadió que dejó abierto el procedimiento contra Machado que, en 2015, sirvió para su primera inhabilitación por 12 meses, debido a una presunta irregularidad en su declaración jurada de patrimonio cuando era parlamentaria, en el período 2011-2014.
La acción de la Contraloría, según Acceso a la Justicia, violó flagrantemente la propia Ley Orgánica de la institución.
«El artículo 114 de la Ley Orgánica de la Contraloría señala que ‘las acciones administrativas sancionatorias o resarcitorias derivadas de la presente Ley, prescribirán en el término de cinco años, salvo que en Leyes especiales se establezcan plazos diferentes’. Por lo tanto, el expediente relacionado con las presuntas irregularidades en las que Machado habría incurrido en su declaración jurada de patrimonio debió haber sido cerrado hace al menos cuatro años», reportó la ONG en su análisis de julio de 2023.
3.-Sin derecho a defenderse
La Contraloría también violó el artículo 49 de la Constitución, pues Machado no fue notificada de la medida -como ella sostiene- y tampoco se le permitió presentar alegatos acerca de los hechos u omisiones por las que la estaban investigando en un nuevo procedimiento.
La ONG destaca que la norma constitucional citada establece el derecho de toda persona a ser oída en cualquier clase de proceso, con garantías y en el lapso establecido por un tribunal competente, independiente e imparcial.
«La Contraloría General parece basarse en que ya tenía un procedimiento abierto por la inhabilitación aplicada en 2015, por lo que no era necesario notificarla ni darle la oportunidad de defenderse, pero se trata de nuevos hechos», precisó la ONG.
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