Culpa de Chávez: Tribunal de EE.UU. reconoce laudo arbitral y condena a Venezuela a pagar unos US$1.823 millones a afiliadas de ExxonMobil

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Un juez federal de Estados Unidos reconoció como sentencia judicial un laudo del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) que obliga a la República Bolivariana de Venezuela a pagar a afiliadas de ExxonMobil una indemnización que, con intereses acumulados, se acerca a los 1.823 millones de dólares a mediados de septiembre de 2026.

MFM

El 26 de septiembre de 2025, el juez Royce C. Lamberth, de la Corte de Distrito de Columbia, otorgó el juicio sumario a favor de Mobil Cerro Negro, Ltd., Venezuela Holdings, B.V. y Mobil Cerro Negro Holding LLC. La decisión convierte en judgment estadounidense las obligaciones pecuniarias del laudo final del CIADI dictado el 10 de julio de 2023.

Según la orden, Venezuela debe pagar:

  • US$984.527.000 de principal, más interés compuesto anual del 3,25 % desde el 27 de junio de 2007 (fecha de la expropiación).
  • US$1.018.515,045 por costos y gastos legales y de arbitraje, más interés compuesto del 7,75 % desde el 10 de julio de 2023.

Ambos montos continúan generando intereses post-sentencia hasta el pago efectivo. Un cálculo actualizado al 17 de septiembre de 2026 sitúa el total aproximado en US$1.822,8 millones (redondeado periodísticamente a 1.823 millones).

El caso se originó en la nacionalización, en 2007, del proyecto petrolero Cerro Negro, en la Faja del Orinoco, durante el gobierno de Hugo Chávez. Tras un largo proceso arbitral y una nueva adjudicación en 2023, las empresas lograron el reconocimiento judicial en Estados Unidos. La Corte de Apelaciones del Circuito de Columbia confirmó la decisión de Lamberth el 7 de abril de 2026.

La sentencia no implica el cobro inmediato de los fondos. Otorga a los acreedores el derecho a ejecutar el monto contra activos venezolanos sujetos a la jurisdicción estadounidense. Ya se han registrado gestiones de ejecución, incluyendo el registro del juicio en Delaware.

Este laudo se suma a otras reclamaciones internacionales derivadas de expropiaciones petroleras de la misma época, en un contexto en el que ExxonMobil ha evaluado un eventual regreso a operaciones en Venezuela bajo nuevas condiciones de seguridad jurídica.

La deuda sigue generando intereses mientras no se cancele.

Legalmente, la obligación recae sobre el Estado venezolano (la República Bolivariana de Venezuela), que fue la parte demandada en el arbitraje del CIADI y es la condenada en la sentencia federal de Estados Unidos.

Hechos principales

  • La decisión de nacionalizar/expropiar el proyecto Cerro Negro se tomó en 2007, durante el gobierno de Hugo Chávez, como parte de la política de recuperar el control estatal sobre los recursos petroleros de la Faja del Orinoco.
  • Un tribunal arbitral internacional (CIADI) determinó que esa medida generó derecho a una compensación. El laudo final de 2023 fijó el monto principal en US$984,5 millones más intereses.
  • Venezuela no pagó el laudo durante años. Eso hizo que los intereses se acumularan hasta llegar a la cifra aproximada de US$1.823 millones en 2026.
  • Los gobiernos posteriores (incluyendo el de Nicolás Maduro) mantuvieron la postura de no reconocer o no pagar varios laudos de este tipo, lo que prolongó el litigio y aumentó la deuda por intereses.

Perspectivas habituales

  • Quienes defienden la nacionalización argumentan que se trató de un acto de soberanía sobre recursos naturales estratégicos y de corrección de contratos que consideraban desventajosos para el país.
  • Quienes la critican sostienen que se violó la protección a las inversiones extranjeras, se generó un daño económico evitable y se debilitó la seguridad jurídica, con el resultado de múltiples condenas internacionales y pérdida de activos.
  • Desde el punto de vista del derecho internacional de inversiones, el Estado es el responsable de cumplir los laudos una vez dictados, independientemente del gobierno que esté en el poder en cada momento.

En resumen: la causa originaria fue la decisión de expropiar de 2007; el crecimiento de la deuda se debió al no pago durante casi dos décadas. La sentencia estadounidense no crea una nueva obligación política, sino que reconoce y facilita la ejecución de una ya existente bajo el sistema de arbitraje de inversiones.

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