Exigen la derogación de la Ley del Odio chavista y advierten que su reforma no eliminaría la persecución

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Expertos afirman que la Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia debe ser derogada porque es restrictiva y ambigua, permite una interpretación discrecional de lo que constituye la “incitación al odio” y ha sido utilizada desde su aprobación en 2017 para criminalizar la libertad de expresión, perseguir a ciudadanos y periodistas y generar un ambiente de miedo y autocensura.

Por: Luis de Jesús – El Nacional

Delcy Rodríguez, reconocida por Estados Unidos como presidenta interina de Venezuela, solicitó a finales de septiembre la modificación de esta norma y, en una respuesta casi inmediata, la Asamblea Nacional que preside su hermano, Jorge Rodríguez, designó una comisión integrada en su mayoría por diputados chavistas para elaborar el proyecto de reforma.

Por este instrumento, que establece penas de hasta 20 años de prisión, 927 personas fueron acusadas por supuestamente promover o incitar al odio, de acuerdo con las cifras que registra la organización no gubernamental Foro Penal.

Es un texto “muy engañoso”

Zair Mundaray, abogado y exdirector general de Actuación Procesal del Ministerio Público, explica que la Ley contra el Odio contempla varias estructuras administrativas que conforman una especie de comisión que debería generar políticas a favor de la convivencia. Sin embargo, advierte que el texto es “muy engañoso” en su redacción porque hasta el artículo 19 habla de la paz. 

“Esa es la máscara o el engaño previo para tratar de justificar las sanciones, que son esencialmente lo único que tiene, pero luego genera los tipos penales más complicados del ordenamiento jurídico. Es muy difícil saber exactamente qué es la promoción del odio. Porque además no tiene un tipo penal cerrado y completo, sino que lo deja a la discrecionalidad. Con esos recursos fraudulentos justifica que puedan meter presos a quien les dé la gana y por lo que les dé la gana”, afirma.

Dice que, en un derecho penal garantista, las conductas sancionables deben estar claramente descritas e identificadas, algo que no ocurre con esta norma porque utiliza conceptos abstractos.

“No tiene ningún asidero técnico. Por ejemplo, en el hurto, alguien se apodera de una cosa ajena; cuando hieren, se genera una lesión. Pero cuando dices que alguien públicamente genera odio contra otro y, además, eso autoriza —como hicieron las policías— a registrar teléfonos, computadoras, cualquier mensaje privado, intervenir las comunicaciones y hacer interpretaciones de todo tipo, son hechos que tienden a hacer retroceder el espacio cívico. Eso es muy grave y ese fue el objetivo”, afirma.

“Despenalización de las conductas”

Delcy Rodríguez, en la petición que le hizo al Legislativo, argumentó: “La reforma solicitada tiene por objeto avanzar en la despenalización de las conductas previstas en el mencionado instrumento normativo, como parte de las acciones adoptadas para transformar el sistema de justicia penal de nuestro país y favorecer el reencuentro y la convivencia democrática”.

Para Mundaray, este extracto del comunicado contiene un mensaje muy importante porque la funcionaria habla de la “despenalización de las conductas”, lo que podría suponer la eliminación de artículos como el 20, que establece penas de 10 a 20 años de prisión por promover o incitar al odio, o el 21, que agrava las penas de otros delitos cuando se cometen por motivos discriminatorios.

El abogado, sin embargo, insiste: “Esa ley tiene que derogarse íntegramente porque desde el principio está montada en una falacia y en un objetivo inconstitucional, que es hacer retroceder el espacio cívico y la libertad de expresión”.

La presidenta interina declaró posteriormente en un acto con simpatizantes que la Ley contra el Odio, una norma que ella misma impulsó cuando presidía la Asamblea Nacional Constituyente en 2017, fue mal aplicada y utilizada de forma abusiva.

Reformarla no es suficiente

El abogado Evelio Chávez, subcoordinador jurídico de Un Mundo Sin Mordaza, también considera que una reforma parcial de la Ley contra el Odio no es suficiente y afirma que corresponde avanzar hacia su derogación integral. 

“Estamos hablando de una normativa que durante casi nueve años ha sido cuestionada por la amplitud y la gravedad de sus disposiciones, y que ha permitido criminalizar expresiones protegidas por la libertad de expresión. Por eso, el problema no se resuelve simplemente reduciendo penas o modificando determinados artículos”, expresa.

Dice que la derogación tiene que incluir una revisión de las consecuencias que produjo su aplicación, no solo las personas que continúen privadas de libertad, sino también aquellas que siguen sometidas a procesos penales, medidas cautelares, prohibiciones de salida del país, régimen de presentación u otras restricciones.

Chávez afirma que, si una conducta deja de tener carácter delictivo, deben aplicarse las garantías correspondientes, iniciando el principio de favorabilidad penal.

Por su parte, Delvalle Canelón, secretaria general del Colegio Nacional de Periodistas, califica de absurdo que Rodríguez reconociera, casi una década después, que la ley era usada de forma abusiva por parte de funcionarios del régimen. 

“¿Diez años para darte cuenta, a pesar de las múltiples críticas a la normativa? El CNP siempre alzó la voz por los medios y los periodistas que estaban siendo detenidos por esta ley, que estaban siendo perseguidos y que tuvieron que irse del país. Y también por la ciudadanía, porque esto no es solo un tema de periodistas o de medios, sino de los derechos constitucionales de los ciudadanos”, expresa.

Lea la nota completa siguiendo este enlace a El Nacional

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