Súmate al CNE: Este viernes 31 de marzo vence el lapso para seleccionar a integrantes de Juntas y Mesas Electorales (carta)

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La Asociación Civil Súmate alerta al directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE) que el viernes 31 de marzo vence el lapso legal para realizar la selección de los electores que deben integrar los Organismos Electorales Subalternos (OES) de la Junta Nacional Electoral (JNE), como son las 24 Juntas Regionales Electorales, las 335 Juntas Municipales Electorales, las 71 Juntas Parroquiales Electorales y para las más de 29 mil Mesas de Votación.

Súmate

Artículo 97 de Ley Orgánica de Procesos Electorales: “La base de datos de los electores y las electoras que prestarán el Servicio Electoral Obligatorio durante un año se obtendrá del sorteo público que en forma automatizada realice el Consejo Nacional Electoral dentro del primer trimestre de cada año, tomando como base al corte del Registro Electoral publicado de manera inmediatamente anterior a la organización del citado sorteo…”

Nos dirigimos al directorio del CNE, por qué no ha informado qué día realizará el sorteo público para la selección de los integrantes de las Juntas y Mesas Electorales, ni qué acciones previas ha ejecutado.

Entre las acciones previas para la selección de los integrantes de los Organismos Electorales Subalternos (OES), que el CNE debió haber acometido según artículo 48, numerales 2, 5 y 9, de Ley Orgánica del Poder Electoral, destacan:

  • – La elaboración de las listas de los elegibles a cumplir con el servicio electoral,
  • – El envío de las listas de los elegibles para su revisión y depuración a la Comisión de Registro Civil y Electoral,
  • – La estimación del número de miembros que se requieren para integrar cada OES y
  • – La depuración de las listas de los elegibles para cumplir con el servicio electoral.

En la carta solicitamos a los rectores del CNE explicar cómo resolverán la integración de las Juntas y las Mesas Electorales que se requerirán para realizar las elecciones con el fin de cubrir las vacantes absolutas de alcaldes en cuatro municipios del país y los posibles Referendos Revocatorios que los electores podrían solicitar en el segundo semestre de 2023, fundamentados en el artículo 72 de la Constitución de la República. (Detalles en la carta)

Se requiere el servicio electoral en 2023 para elecciones por vacantes absolutas:


– Por fallecimiento de los alcaldes de los municipios Federación en el estado Falcón y Juan José Rondón en el estado Guárico, y por haber excedido el tiempo legal máximo de 90 días continuos de separación en el ejercicio de sus cargos de los alcaldes de los municipios Independencia del estado Anzoátegui y Jesús María Semprún en el estado Zulia, 

– Ante posible activación de Referendos Revocatorios de mandatos de los funcionarios que cumplen la mitad de su período constitucional y legal este año, como son: Diputados a la Asamblea Nacional 2020, Gobernadores y Legisladores Estadales, Alcaldes y Concejales.

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