El Socialismo del siglo XXI ha destruido de tal manera la institucionalidad castrense en Venezuela, que en la práctica carecemos de Fuerza Armada Nacional (FAN). Esta institución, cuyo componente Ejército fuera otrora muy merecedor de su lema “Forjador de libertades”, hoy no es más que un colectivo de hombres y mujeres al servicio de una parcialidad política. Más grave aún: al servicio de una parcialidad política que ha robado todas las libertades al pueblo venezolano, ese mismo pueblo del que ellos forman parte y con respecto al cual tienen deber constitucional y moral de proteger.
Por: Jonathan García Nieves – El Nacional
Para llegar a estos lodos, muchos fueron los polvos generados y hábilmente mezclados por el chavismo. En veintisiete años de dictadura liberticida y extintora de la constitucionalidad, el régimen fundado por Hugo Chávez armó su militancia partidista (convirtió a sus militantes en milicianos), institucionalizó esa milicia partidista (convirtió a sus milicianos en militares) y politizó a la oficialidad de la FAN (convirtió a los militares en militantes de su partido). Por ello, la FAN hoy no es más que un ejército de chavistas en uso y abuso de las armas de la República, una burda guardia pretoriana al servicio de los intereses más obscuros y contrarios al interés general de la nación venezolana.
Desde Hugo Chávez hasta Delcy Rodríguez, el chavismo, repitiendo hasta la saciedad su populista lema de “unión cívico-militar”, ha avanzado hacia un innecesario, inconveniente e impertinente borrón en la institucionalidad de la FAN, teniendo como resultado su desnaturalización. La FAN dejó de ser un cuerpo militar esencialmente profesional al servicio de la nación, para convertirse, primero, en una corporación de expendedores de verduras en los mercados populares, pasando por repartidores de bombonas de gas y otras dádivas estatales, así como gestores de cualquier tipo de servicios públicos —todo esto en tiempos pasados un tanto menos desastrosos—, para terminar siendo no más que una privilegiada casta de sujetos armados, cuyas actuaciones, con total impudicia, no atienden a valores cívicos ni militares.
Hace décadas que este colectivo de hombres y mujeres, más reconocibles en la actualidad por su talante incívico y antidemocrático que por su uniforme, se encuentra divorciado de la nación a la que ha jurado servir; pero, además, ha perdido toda operatividad. La FAN está tan destruida que no tiene capacidad ni siquiera para garantizar la protección personal de los capos del régimen. Prueba de esto es su absoluta inoperancia ante la entrada y actuación de tropas norteamericanas en suelo venezolano para capturar a Nicolás Maduro. Quizás sea lo único que, en el estado actual de la FAN, sea favorable al pueblo venezolano.
Son muchas las tropelías y desmanes del alto mando militar contra los derechos humanos y la institucionalidad republicana y democrática en nuestro país. Desde abril de 2002, la FAN no ha hecho más que restaurar tiranías legítimamente derrocadas por el pueblo, consentir fraudes electorales, apuntalar dictadores y usurpadores del poder, reprimir bestialmente al pueblo, desproteger el territorio nacional ante la presencia de la guerrilla colombiana y otros grupos terroristas internacionales, permitir la ocupación del suelo patrio por militares cubanos; y también hacerse parte de multimillonarios negocios de diversa naturaleza: unos barnizados de formalidad, como la Compañía Anónima Militar de Industrias Mineras, Petrolíferas y de Gas y otros subterráneos, pero ampliamente documentados y denunciados, como es el caso de la extracción y comercio ilegal de oro en el arco minero del Orinoco. Se trata de traición a la patria en todas sus formas, maneras y manifestaciones; tanto por acción como por omisión, tanto por negligencia como por imprudencia e impericia y también por dolo en casos como los de los generales Carvajal y Alcalá Cordones, ambos privados de libertad en cárceles norteamericanas.
Es tal la desintegración moral y operativa de la FAN a manos del chavismo, que —tanto por incapacidad institucional inducida (desmantelamiento) como por falta de voluntad (negligencia y omisión de su alto mando)— carece de pudor alguno tras exhibir, una y otra vez, el grosero incumplimiento de sus más esenciales funciones constitucionales y republicanas. Una función primordial de la institución castrense venezolana es garantizar la independencia y soberanía de la Nación mediante la defensa militar (artículo 328 de la Constitución), lo cual ha incumplido, ya que en las últimas décadas no ha opuesto la más mínima resistencia ante la intervención de potencias extranjeras. El caso de oficiales cubanos ejerciendo autoridad política y militar en Venezuela es absolutamente inexcusable, pero al menos —en su perversa visión de la realidad— el alto mando de la FAN había tenido como coartada el que se trataría de un «ejército amigo» y que, por ello, no habrían tenido obligación de repelerlo. Pero en el caso de la acción militar estadounidense en enero de este año 2026, ya no tienen esa excusa, pues, desde esa misma visión distorsionada de la realidad, para ellos debería tratarse de un «ejército enemigo» que habría violado nuestra soberanía para capturar al que —según su cerrazón moral— sería el «inocente y legítimo» presidente de la nación. A estas alturas, resulta innegable que la FAN no protege nuestras fronteras ni levanta un arma —así sea descargada— contra ejercito extranjero alguno. La FAN solo luce estar dispuesta a usar las armas contra el pueblo en las calles.
Pero en esta oportunidad, nos enfocaremos en su último acto de deprecio por su misión constitucional, concretamente en su desempeño con ocasión de la catástrofe sufrida por el pueblo venezolano a causa del llamado «doblete sísmico» ocurrido este pasado 24 de junio. De manera criminosa, bajo las órdenes del alto mando militar y la suprema autoridad de Delcy Rodríguez como su Comandante en Jefe, la FAN, una vez más, ha hecho lo que no debe hacer y ha dejado de hacer aquello a lo que está obligada. Constituye hecho notorio comunicacional el que la FAN ha sido omisa con respecto a sus funciones de socorro a las víctimas de este desastre natural y, al mismo tiempo, ha frustrado la intención de auxilio por parte de socorristas e instituciones organizadas, tanto venezolanas como extranjeras. Los hechos están allí, han sido observados por el mundo entero a través de múltiples medios de comunicación. En redes sociales circulan miles de videos y todos dejan incontrovertible evidencia para la posteridad: la FAN chavista, cuando no hace directamente el mal al pueblo, se dedica a evitar que se le haga el bien. Un ejército extranjero no habría sido tan enemigo del pueblo venezolano como lo ha estado siendo la FAN chavista.
Esta desdibujada institución, ahora comandada por Delcy Rodríguez —porque, aunque bajo usurpación, ella hace las veces de Presidente interina de Venezuela—, ha faltado a la Constitución y la Ley. De conformidad con la Constitución (artículo 328), una de sus más esenciales funciones es la de cooperar en el mantenimiento del orden interno, así como en el desarrollo nacional. Su desempeño con ocasión de esta catástrofe natural ha sido absolutamente negligente en este sentido. La FAN no ha mantenido el orden público —porque, antes bien, lo que ha generado es perturbación y escándalo— ni está colaborando en la recuperación del desarrollo después del este devastador evento. Todo lo contrario: los militares chavistas han estado frustrando mediante subterfugios —y prohibiendo abiertamente en algunos casos— la participación del pueblo en las labores de rescate de nuestros hermanos damnificados por los terremotos y con ello ha vulnerado el artículo 55 de la Constitución, el cual, en primer término, establece que toda persona tiene derecho a la protección por parte de la FAN como órgano estatal de seguridad ciudadana, en caso de situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para:
a) Su integridad física
b) Sus propiedades
c) El disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes.
Y en segundo término, prevé el derecho de la ciudadanía a participar en la prevención, seguridad y administración de emergencias.
Es de resaltar que la participación popular en procura de socorrer a las víctimas de esta y toda otra catástrofe, además de ser un derecho natural (libre desenvolvimiento de la personalidad), una obligación moral (“Amarás al prójimo como a ti mismo”) y expresión genuina de nuestra naturaleza humana (carácter social del hombre, instinto de supervivencia de la especie), encuentra fundamento jurídico-positivo en el artículo 326 de la Constitución, el cual establece que la seguridad de la Nación se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil; esto es, en la actuación conjunta de la autoridad y la ciudadanía con el fin de dar cumplimiento —entre otros— a los principios de solidaridad y afirmación de los derechos humanos, así como en la satisfacción progresiva de las necesidades individuales y colectivas de los venezolanos en distintos ámbitos; lo cual —a todas luces— se acrecienta en situaciones de catástrofes naturales y calamidades generalizadas como la que hoy sufre el pueblo venezolano.
Todo se agrava en la medida en que estos sujetos uniformados (los agentes de la FAN), al mismo tiempo que han intentado frustrar las acciones de socorro por parte de la ciudadanía, han omitido cumplir sus propias funciones (labores de rescate y protección civil). Las redes sociales y los noticiarios a nivel mundial se han hecho eco de semejante aberración humana e institucional. La FAN no ha respondido al clamor de socorro por parte del pueblo venezolano. Esto no es más que la negación de su ser y deber ser institucional. Este torpe e inmoral desempeño ante nuestra dolorosa tragedia nacional, además de ser una clara omisión de su función constitucional, representa una manifiesta violación de Ley, ya que el instrumento legal que hoy le rige (la Ley constitucional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana), en su artículo 6, establece que esta tiene, entre otras funciones, la de “Contribuir con los distintos niveles y ramas del Poder Público en la ejecución de tareas vinculadas a los diferentes ámbitos de la Seguridad de la Nación y en operaciones de apoyo al sistema de protección civil en situaciones de desastre en el marco de los planes correspondientes”. Además, “Participar y cooperar en las actividades de búsqueda y salvamento, y apoyar en casos de emergencia por estado de alarma debido a catástrofes y calamidades públicas”.
Este infame comportamiento del alto mando militar y su usurpadora Comandante en Jefe Delcy Rodríguez tiene repercusiones jurídicas de orden penal, tanto para ellos como para los oficiales subalternos. En su artículo 206, el Código Penal venezolano establece como hecho punible el que un funcionario público —civil o militar—, bajo cualquier pretexto, aunque fuere el del silencio, oscuridad, contradicción o insuficiencia de la Ley, omita o rehúse cumplir algún acto de su ministerio. Asimismo, el Código Orgánico de Justicia Militar establece sanción penal para los militares que:
a) Se negaren u obstaculizaren la asistencia de los heridos o enfermos (artículo 474)
b) Abandonen el comando o funciones que le hayan sido confiadas (artículo 534)
c) Sin causa justificada, fueren negligentes en el cumplimiento de los deberes generales correspondientes a su jerarquía o cargo (artículo 538).
En un verdadero Estado constitucional (“de Derecho y de Justica”, en términos de la Carta Magna de 1999), la Presidente encargada —hoy más usurpadora que nunca, por haberse excedido en el tiempo constitucionalmente previsto para su interinato— debería destituir al alto mando militar, ya que la Constitución (artículo 236), entre otras atribuciones, le obliga a cumplir y hacer cumplir la carta magna y la ley, teniendo poder para remover al Ministro de la Defensa y para dirigir y ejercer el mando supremo de la Fuerza Armada Nacional. De modo que Delcy es la primera responsable por esta infame actuación de la FAN en la gestión de estos desastres naturales (el «doblete sísmico»), como no ordenar el socorro inmediato de la población e impedir el acceso de esta a la ayuda internacional, entre otros.
Si en Venezuela hubiera Estado de derecho, el Tribunal Supremo, conforme al artículo 266 de la Constitución, debería declarar mérito para el enjuiciamiento de la Presidente interina/usurpadora, así como del Ministro de la Defensa y los miembros del alto mando militar. Si en Venezuela hubiera Estado de derecho, con base en los artículos 281 y 285, eiusdem, la Defensoría del Pueblo y el Ministerio público deberían proceder en consecuencia. Pero, no somos ilusos, sabemos que no lo harán porque estas instituciones son también parte de este mal generalizado que ha secuestrado las instituciones de la República.
Nunca nos cansaremos de dejar constancia del grado de anomia, inmoralidad y antijuridicidad del régimen chavista. Sus crímenes son incontables y cada vez más graves. Los venezolanos, dentro y fuera del país, seguimos luchando contra la tiranía chavista, cada uno según sus capacidades y posibilidades. Y ahora, por si fuera poco, tenemos un reto mayor, porque a la malignidad chavista se le suma su novísima, ignominiosa y contranatural alianza con Donald Trump: un presidente que —al menos en el caso venezolano— solo responde a intereses económicos en beneficio de su nación (America first). Pero este último episodio del chavismo (el prostibulario contubernium en el que han hecho caer a Trump), tanto o más vergonzoso para el pueblo de los Estado Unidos de América, lo relataremos en otra oportunidad.
“Porque ellos (los malvados) no duermen si no hacen el mal; pierden el sueño si no hacen caer a alguien”, Prov. 4:16.
@JGarciaNieves


