Por Antonieta Jurado
La reciente decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha abierto un intenso debate sobre la integridad del sistema judicial del país, particularmente en relación con el respeto a la Constitución.
Con la decisión, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) desconoce el contenido del artículo 65 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Esta controversia surge a raíz de la situación de la conocida líder política, María Corina Machado.
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó este viernes que la candidata presidencial de la principal coalición opositora, María Corina Machado, está inhabilitada para ejercer funciones públicas por un período de 15 años.
El TSJ también ratificó este viernes que el dos veces candidato presidencial Henrique Capriles continúa inhabilitado para ocupar cargos públicos hasta 2032, lo que le impide competir en elecciones.
Este evento encuentra un paralelo en el caso de Hugo Chávez. En su momento, cuando Juan Garantón solicitó su inhabilitación política debido a su participación en un intento de golpe de estado, la Corte Suprema de Justicia, respetando la Constitución, decidió no inhabilitarlo, citando la falta de una sentencia penal firme. Esta decisión contrasta marcadamente con la reciente acción del TSJ en el caso de Machado.
El caso de María Corina Machado se suma a una serie de acciones por parte del TSJ que han sido vistas como intentos de suprimir la oposición política en Venezuela.
Estas medidas han suscitado preocupación no solo por su aparente inconstitucionalidad, sino también por violar el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Venezuela ha ratificado ambos tratados, que según el artículo 23 de la Constitución venezolana, tienen prioridad sobre la legislación nacional.