El dato se instala mejor cuando los números se presentan para ser creídos, no para ser verificados. “Más de 11.000 presos políticos serán beneficiados”. Jorge Rodríguez lo dice y la cifra, amplia y redonda, funciona como marco y no necesita explicación inmediata. A partir de ahí, todo lo demás es casi automático.
Por: Ramón Hernández – El Nacional

La duda aparece cuando se desciende de la cantidad al contenido y precisa que buena parte de esos “beneficiados” no está en prisión, sino bajo medidas sustitutivas de la privación de libertad: grilletes electrónicos, presentación ante tribunales o policías, prohibiciones de participar en actividades o hacer declaraciones políticas. Siguen despojados de sus derechos ciudadanos.

No es un matiz técnico. No son personas que van a salir de la cárcel, sino que ya estaban fuera y a las que se les levantarían restricciones. Jorge Rodríguez convierte una presunta regularización en liberación.
La cifra se descalabra cuando se contrasta con el flujo real de casos: 1.557 solicitudes recibidas y en proceso. No es una brecha menor. La política se anuncia en miles; pero se ejecuta en centenares. Ese desfase requiere una explicación detallada y verificable, pero no aparece en el discurso del presidente de la Asamblea Nacional.
Hay otro desplazamiento de la realidad, más sutil. Rodríguez insiste en que las liberaciones están ocurriendo “en tiempo real” y que se concretarán “en las próximas horas, los próximos días”. No fija plazos, los diluye. Impulsa la idea de inmediatez sin someterla a contraste y la protege de la medición. “Un día de estos”.
La estructura de la ley refuerza esa lógica. No hay aplicación automática ni extinción directa de responsabilidades. Una comisión de seguimiento en sesión permanente atenderá los casos y decidirá qué aplicar. Un mecanismo que no ha explicado criterios ni alcance, pero por el que todos los expedientes deben pasar. Un sistema de control que desvanece una medida general.
Rodríguez habla de un proceso “profundo y arduo” en el que se escuchó a víctimas, familiares y partidos políticos. Sin embargo, no hay nombres, registros ni procedimientos que verifiquen esa afirmación.
El discurso funciona como declaración de legitimidad, no como evidencia. Con la apelación a la reconciliación y al diálogo ocurre lo mismo: convive con la posibilidad de que el Ejecutivo intervenga mediante indultos en los casos no contemplados. La apertura se anuncia, pero el control se mantiene.
En ningún momento aparece el dato que permitiría dimensionar la medida: cuántos presos políticos siguen encarcelados. Sin esa referencia, los 11.000 pierden sentido. El prestidigitador se centra en la cifra, en cómo se describen los procedimientos y en lo que debe omitir. No pretende describir efectos con precisión, sino fijar una imagen de alcance.
No se trata de una falsedad frontal que pueda refutarse de una vez, sino de una seguidilla de medias verdades. Se amplía la cifra incorporando categorías distintas, se difuminan los tiempos de ejecución y se introducen términos que, aunque no lo sean, suenan equivalentes: beneficiados, liberados. El resultado no es una mentira evidente, sino un entramado de inexactitudes y hechos no cumplidos.
Un tipo de construcción que no exige que el público crea todo; le basta con que no tenga claro qué es exactamente lo que se afirma. Se mueve en una zona donde los datos existen, pero no ordenan; donde el lenguaje no aclara, sino que administra la percepción.
La cifra, 11.000, queda suspendida en el aire. ¿Dónde están? ¿Quiénes son? ¿En qué expedientes aparecen? Si una amnistía reconoce implícitamente que hubo procesos que deben corregirse, la pregunta siguiente es inevitable: ¿quién los revisó? ¿Qué instancia determinó que esos casos ameritaban ser incluidos? No hay una comisión independiente que haya investigado esos procesos judiciales ni un informe público que los documente, mucho menos responsables identificados.
Hay otra ausencia que requiere explicación. Si esas detenciones fueron indebidas –o lo suficientemente cuestionables como para ser objeto de amnistía–, ¿quién protegió entonces sus derechos? ¿Qué papel tuvo el Ministerio Público? ¿Por qué el fiscal general no ha sido interpelado en cuanto a la cadena de decisiones que llevó a esos casos? La amnistía corrige hacia adelante, pero no explica hacia atrás. Sin esa explicación, la cifra no cierra: se disuelve. 11.000. ¿Dónde están? ¿Quiénes son? ¿En qué expedientes aparecen?
La oposición democrática ha reportado la liberación de casi 600 presos políticos y ha publicado los nombres. Al mismo tiempo, la Plataforma Unitaria Democrática sostiene que quedan 576 personas privadas de libertad por razones políticas. Las cifras no coinciden. Marcan una distancia entre el número anunciado y los casos verificables.
Si el universo comprobable se mueve en centenares –con nombres, fechas y centros de detención identificables–, la cifra de 11.000 deja de describir una realidad y pasa a ser una construcción.
Hay otro elemento que delimita el alcance de la medida y que omite Rodríguez. La ley de amnistía cubre en teoría el período entre 1999 y 2026, pero en su articulado identifica 13 coyunturas políticas específicas desde 2002 y deja fuera detenciones ocurridas en 15 de los últimos 27 años, así como casos vinculados a operaciones militares. La amplitud que enarbola no se corresponde con la selección que se aplica.
Rodríguez afirma que la amnistía representa un paso para que el chavismo “no vuelva a incurrir en los errores del pasado”. Una frase que sugiere reconocimiento y corrección, pero que no aparece en la ley ni en su espíritu. El texto aprobado por unanimidad no identifica responsabilidades, no establece mecanismos de revisión institucional ni introduce garantías para evitar la repetición de las infamias que ahora intenta subsanar.
La distancia entre el enunciado y la norma es sustancial. La ley actúa sobre casos, pero no sobre causas. No hay una reformulación del sistema que produjo esas detenciones ni un compromiso verificable de no repetición. La corrección queda en el plano declarativo. No es una disposición jurídica. Es una interpretación interesada.
Mientras Jorge Rodríguez habla de 11.000 beneficiarios y liberaciones “en tiempo real”, abogados y familiares denuncian que en los tribunales de terrorismo en Caracas no están recibiendo solicitudes de amnistía, que se mantiene el impedimento para designar defensa privada y que la respuesta a quienes acuden es que deben dirigirse al Ministerio Público para que sea esa instancia la que solicite la aplicación de la ley.
La ley no deja margen a esa discrecionalidad. Es de orden público y opera de pleno derecho: extingue acciones penales, cesa medidas cautelares y obliga a su aplicación sin condicionamientos. No depende del Ministerio Público. No requiere autorización. Si se exige su intermediación, se introduce un filtro que la norma no estipula.
En ese punto ya no hay interpretación posible. Si se impide activar la defensa privada, si no se reciben solicitudes, si la ejecución depende de quién no está obligado por la ley a iniciarla, no estamos ante una demora. Estamos ante un incumplimiento.
Y la responsabilidad es política. Las autoridades que hoy administran el proceso no son abstractas: tienen nombre. La presidenta del TSJ, Caryslia Rodríguez; el fiscal general, Tarek William Saab; la presidenta de la Sala Penal, Elsa Gómez; y los diputados Pedro Infante, Jorge Arreaza, Pedro Carreño y Carolina García Carreño forman parte de la estructura que instruyó, acusó y sostuvo los procesos ahora amnistiados.
Si esa misma estructura bloquea o condiciona su ejecución, no corrige el sistema de coerción y violación de derechos humanos. Lo administra


