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Es lo que es

Sobre la protección de los desplazados del Darién, Atacama y el río Bravo, por Víctor A. Bolívar

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Conceptualmente, el documento “Protección de refugiados en América Latina – Buenas prácticas legislativas”, de Acnur, nos señala que la protección internacional de personas es un derecho humano que tiene su origen en los fundados temores de ser perseguidas por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas o pertenencia a determinado grupo social, que están fuera del país de origen y no pueden o no quieren regresar a él, por esos temores.

Precisemos que nuestros desplazados externos tienen su mayor motivación en la persecución por opiniones políticas, resguardo de sus vidas, seguridad o libertad a causa de una violencia generalizada y violación masiva de sus derechos humanos. Igualmente, es pertinente acotar -a esos efectos- que en el caso de los desplazados externos en procura del refugio que invoquen rige el derecho internacional, mientras que el asilo político corresponde a la discrecionalidad de cada Estado.

En el caso de los países latinoamericanos, en los que se presenta con mayor acento esta situación de los desplazados venezolanos, observamos que pese a contar con tradiciones históricas de protección y a estar constreñidos por un marco jurídico internacional y muchas veces en su ordenamiento jurídico nacional, no se corresponden sus ejecutorias con lo que pautan esos antecedentes y esa normativa.

Al respecto, vale referir lo que puntualiza Acnur cuando expresa: “El continente ha acogido y protegido a personas de la región y a otras procedentes de todos los rincones del mundo durante décadas… Los avances en los marcos jurídicos, aunque ejemplares, a veces no corresponden con la voluntad y capacidad necesarias en los diferentes niveles del gobierno para implementarlos. Parece que existe una desconexión en tales situaciones entre el discurso y la práctica…”.

En este sentido, caben algunas referencias. Por ejemplo, en Panamá “el ingreso al país de forma ilegal o irregular de una persona que invoque la condición de refugiado se considerará una acción realizada debido a la necesidad de solicitar y obtener protección; por lo tanto no será motivo para su rechazo, devolución o deportación antes que se determine su condición”. En Brasil, Argentina, Uruguay, Costa Rica, Chile, México y Ecuador, los procedimientos penales o administrativos por ingreso ilegal serán suspendidos hasta que se puntualice si el solicitante es identificado como refugiado.

Sin embargo, como se señaló, en muchos casos pareciera que existe una desconexión en tales situaciones entre el discurso y la práctica. Por esta crisis, que ya trasciende a dimensiones inconcebibles, salvando honrosas excepciones de países que han hecho un enorme y solidario esfuerzo para sobrellevar la carga socioeconómica que esta situación les causa, encaran nuestros connacionales grandes dificultades, dentro de ellas: superar el maltrato y la xenofobia que en oportunidades como desplazados tienen que soportar, tanto de parte de algunos regímenes como de sus nacionales. Es vivo el ejemplo, entre otros, de algunas islas del Caribe, muy especialmente de Trinidad y Tobago.

Tal es el sesgo que tienen las políticas de algunos de esos gobiernos en el ámbito humanitario y su actitud omisiva, que no pocas veces responden a preservar sus intereses con el régimen venezolano. Con el avance de gobiernos de izquierda en el área se agravará la situación de nuestra diáspora, especialmente en esos países. Los gobiernos de esos Estados, optan por dejar a su suerte o decirle que regresen a Venezuela que se arregló a quienes en su tragedia humanitaria deberían estar amparados bajo el rigor de cánones internacionales y, en algunos casos, de sus respectivos ordenamientos jurídicos.

Es así, de esta forma distorsionada, como la problemática se colectiviza y llega a la médula de los habitantes de esos países, acompañada de una narrativa nacionalista y por tanto segregacionista, haciéndose eco de la antihistórica leyenda negra según la cual los venezolanos somos unos indeseables que vamos vivir a expensas de esos Estados y sus pobladores.

La realidad muestra la falsedad de ese prejuicio, pues enseña que la mayoría de aquellos quienes milagrosamente han podido superar al Darién, Atacama y al río Bravo, aventados por este régimen, solo tienen el propósito de ganarse dignamente la vida, como en efecto lo hacen, incluso en oficios desestimados como impropios por la gente de esos países, realizados muchas veces por profesionales de élite en nuestro país. Están dispuestos a labrarse un futuro a como dé lugar que en Venezuela el régimen les ha negado.

Décadas atrás, nuestro trato a los migrantes extranjeros fue solidario y su inserción fue inmediata, nunca fuimos un país de emigrantes sino de inmigrantes; consolidamos un mosaico racial con un potencial extraordinario reforzado fundamentalmente por europeos y latinos, quienes buscaron y encontraron cobijo luego de la Guerra Civil Española, la Segunda Guerra Mundial, conflictos armados, golpes de Estado, persecuciones políticas, entre otras causas. Hoy nuestros connacionales se encuentran obligados a migrar por este régimen militarista y castrochavista, que viola abiertamente normas constitucionales de avanzada, que incluso privilegian a los tratados internacionales en derechos humanos.

Esta “crisis monumental”, como la ha calificado Filippo Grandi, alto comisionado de Acnur, es una enfermedad crónica que empeora cada día, lentamente. Los países de América Latina tienen que asumirla de manera específica, comenzando por realizar una cumbre que aborde el asunto efectiva e integralmente. Este ya no es un problema nacional, el régimen se ha encargado que tenga dimensión mundial.

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