El juez federal James Boasberg ha ordenado a la administración del presidente Donald Trump proporcionar información adicional sobre la aplicación de su decisión de acelerar la deportación de presuntos miembros de la banda criminal venezolana Tren de Aragua. Esta medida se basa en la utilización de la antigua ley conocida como Alien Enemies Act.
La orden judicial se emitió en el marco de una audiencia celebrada el 17 de marzo, en la que Boasberg analizó si la administración había acatado su fallo del 15 de marzo, que prohibía las deportaciones bajo la proclamación presidencial firmada ese mismo día reseña The Epoch Times. Un grupo de ciudadanos venezolanos demandó en anticipación a la medida y posteriormente denunció que el gobierno no había cumplido con la orden judicial.
El juez solicitó que para el mediodía del 18 de marzo, la administración presente declaraciones juradas con estimaciones sobre cuántas personas sujetas a la proclamación presidencial aún permanecen en el país, la hora exacta en que la proclamación fue firmada y entró en vigor, y garantías de que ninguna persona fue deportada después de la emisión de su orden escrita a las 7:25 p.m. (hora del Este) del 15 de marzo.
El Departamento de Justicia (DOJ) intentó evitar la audiencia del 17 de marzo, argumentando que el tribunal debía «desescalar las graves intrusiones sobre la autoridad del Poder Ejecutivo». Sin embargo, Boasberg rechazó la petición y cuestionó si el DOJ estaba subestimando su autoridad sobre las deportaciones que ya habían ocurrido fuera del territorio estadounidense. No obstante, el juez se abstuvo de emitir un fallo sobre si la administración había desobedecido su orden.
Las deportaciones de miembros del Tren de Aragua
La disputa surge tras la proclamación de Trump que ordenó la deportación de miembros del Tren de Aragua, designada por el Departamento de Estado como una organización terrorista extranjera el mes anterior. El presidente justificó su decisión argumentando que la banda estaba «perpetrando, intentando y amenazando con una invasión o incursión depredadora en Estados Unidos», declarando que todos sus miembros mayores de 14 años serían considerados enemigos extranjeros sujetos a remoción.
El DOJ afirmó que cumplió con la orden inicial del juez, que protegía de la deportación a los cinco demandantes, pero argumentó que la orden posterior, que amplió la protección a todos los afectados por la proclamación de Trump, se emitió cuando algunos miembros de la banda ya habían sido deportados. La administración ha apelado ambas decisiones ante la Corte de Apelaciones del Circuito de D.C.
Los demandantes sostienen que la administración se basó en la orden escrita emitida después de las 7 p.m., ignorando una orden oral previa del juez Boasberg alrededor de las 6:45 p.m., que estipulaba que cualquier avión en el aire debía regresar a EE.UU. Alegan que dos vuelos despegaron durante la audiencia del 15 de marzo y aterrizaron después de la orden escrita, lo que, según ellos, significaba que las autoridades podrían haber hecho regresar los aviones sin entregar a los deportados.
El DOJ, en su defensa, argumentó que la orden oral no era ejecutable como un mandato judicial y que los vuelos que ya habían salido del territorio estadounidense no estaban sujetos a la orden del tribunal.
Este caso podría sentar un precedente en la aplicación del Alien Enemies Act, una legislación poco utilizada en tiempos modernos, y sus implicaciones sobre el alcance del Poder Ejecutivo en materia de inmigración y seguridad nacional.