Por morfema.press

El Senado aprobó por unanimidad el proyecto de Ley de Prohibición de Operaciones y Arrendamientos con el Régimen Autoritario Ilegítimo de Venezuela (Banning Operations and Leases with the Illegitimate Venezuelan Authoritarian Regime Act | BOLÍVAR, por sus siglas en inglés) del Senador Rick Scott (R). La legislación prohibiría a las agencias federales hacer negocios con cualquier persona que apoye al régimen opresivo de Maduro.

El proyecto de ley había sido aprobado por unanimidad por el Comité de Seguridad Nacional y Asuntos Gubernamentales del Senado de los EE. UU. en marzo de 2021. La Ley BOLÍVAR está copatrocinada por los Senadores Jacky Rosen (D), Marco Rubio (R) y Thom Tillis (R)

Tiene por objeto prohibir, como su nombre lo indica, los contratos con personas físicas que tengan transacciones comerciales con el “Régimen de Nicolás Maduro.

1.- Contribuyentes de la ley

La ley está dirigida principalmente a las Agencias Ejecutivas de los Estados Unidos . Para una mejor comprensión cabe señalar que la sección 133, Título 41 del Código de los Estados Unidos, define y clasifica el término Agencias Ejecutivas de la siguiente manera:

  • Departamentos Ejecutivos, entre los que se destacan el Departamento de Estado, el Departamento del Tesoro, el Departamento de Defensa, el Departamento de Justicia, entre otros.
  • Departamentos Militares, entre los que destacan los relacionados con la Armada, el Ejército del Aire y la Armada.
  • Establecimientos autónomos que forman parte del Poder Ejecutivo distintos de los Departamentos Ejecutivos, Militares, Corporaciones Gubernamentales.
  • Corporaciones Gubernamentales de propiedad total de los Estados Unidos, según lo establece la sección 91, título 33 del Código de los Estados Unidos, que menciona un amplio catálogo de este tipo de corporaciones, entre ellas el Import and Export Bank of the USA.

2.- Excepciones

Las prohibiciones para Agencias Ejecutivas no aplican a aquellos contratos que el Secretario de Estado determine bajo los siguientes supuestos:

  • Según sea necesario para brindar asistencia humanitaria a la publicación venezolana , para asistir en desastres naturales o cualquier otra medida de urgencia vital, para realizar evacuaciones que no estén vinculadas a conflictos bélicos, o aquellas operaciones que sean de interés de seguridad nacional de los Estados Unidos. .

Para tales efectos, el Secretario de Estado notificará a las Comisiones del Congreso correspondientes cualquier contrato que se relacione con los escenarios.

  • Aquellas actividades que apoyen al Gobierno de los Estados Unidos en Venezuela aquellas operaciones comerciales que sean necesarias para el mantenimiento de las instalaciones u oficinas del Gobierno de los Estados Unidos en Venezuela u otros contratos con organismos internacionales.

Por otro lado, aquellas personas que cuenten con una licencia vigente de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) no están sujetas a las prohibiciones antes mencionadas.

En cuanto a las Misiones Diplomáticas de los Estados Unidos con Venezuela, las prohibiciones tampoco se aplican a los contratos relacionados con la operación y mantenimiento de las oficinas consulares y diplomáticas del Gobierno de los Estados Unidos en Venezuela.

3.- Aplicación del organismo regulador

En cuanto a su aplicación, lo dispuesto se aplicará a aquellos contratos celebrados a partir de la fecha de promulgación de la ley.

En vista de lo anterior, es de gran importancia señalar que las prohibiciones contenidas en la ley están dirigidas a las Agencias Ejecutivas de los Estados Unidos, como se mencionó anteriormente, a diferencia de las sanciones emitidas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros , cuyas prohibiciones y restricciones están dirigidas a personas naturales o jurídicas de origen estadounidense.

El proyecto de Ley pasa ahora a la Cámara de Representantes de Congreo, que de ser aprobada pasaría a la firma del Presidente de EEUU para se efectiva entrada en vigencia

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Con información de Aladana y Asociados, EFE