Por Óscar Bohórquez Hurtado

Con el acuerdo de 11 puntos firmado por los presidentes de Venezuela y Guyana, esta semana, quedó sepultado, en la vida real, el resultado del Referendo del 03 de diciembre.

Básicamente, los presidentes se comprometieron, en el punto primero de esa declaración conjunta, en que no se amenazarán, ni utilizarán la fuerza mutuamente en ninguna circunstancia, incluidas las derivadas de cualquier controversia existente entre ambos Estados.

¿QUÉ NO PODRÁ HACER VENEZUELA A PARTIR DEL ACUERDO DEL JUEVES 14 DE DICIEMBRE?

El acuerdo firmado implica que Venezuela no podrá hacer ninguna de las acciones que teóricamente se derivaban del resultado del referendo, como:

  1. Hacer un censo de los habitantes en la zona,
  2. Entrar a cedular a ciudadanos que viven en el Esequibo,
  3. Aplicar un plan de atención especial a los habitantes de la zona,
  4. Otorgar, de manera efectiva, concesiones petroleras, gasíferas y mineras,
  5. Ejercer actos de soberanía en la zona en reclamación,
  6. Llevar un contingente militar desde Tumeremo hacia el Esequibo,
  7. Izar la bandera venezolana en esa zona en reclamación,
  8. Que el General Rodríguez Cabello ejerza como Autoridad Única en ese territorio,
  9. Aplicar, en la práctica, a ese territorio, la Ley de Creación del Estado Guyana Esequiba, etcétera…

¿POR QUÉ NO PODRÁ HACER, VENEZUELA, NINGUNA DE LAS COSAS ANUNCIADAS?

No podrá hacerse ninguna de esas acciones, en forma pacífica, de manera efectiva, mediante su aplicación material en la zona, porque para hacerlo, tendría que entrar físicamente al territorio en reclamación, pero no podrá hacerlo, de manera pacífica, repito, por dos razones:

Primera: Porque el Gobierno de Guyana ha sido enfático en que no permitirá ninguna incursión de Venezuela en la zona, es decir, que, para hacerlo, tendría que intervenir el territorio que controla y administra Guyana, EN CONTRA DE LA VOLUNTAD EXPRESA DEL GOBIERNO GUYANÉS;

Segunda: por la medida cautelar adoptada por la Corte Internacional de Justicia que dictaminó que ninguno de los dos Estados podría realizar ninguna actuación que altere el estatus que existe en la zona, que está bajo la administración del gobierno de Guyana.

Si no puede hacerlo de manera pacífica, entonces, solo podría hacerlo recurriendo al uso de la fuerza, pero renunció, de manera expresa, en el punto primero del acuerdo de Las Granadinas, al uso de fuerza, EN NINGUNA CIRCUNSTANCIA, en los asuntos derivados de cualquier controversia existente entre ambos Estados.

Esto se ratificó en el punto sexto de la declaración conjunta, según el cual, ambos Estados se abstendrán, ya sea de palabra o, de hecho, de intensificar cualquier conflicto o desacuerdo derivado de cualquier controversia entre ellos.

LA PERTINENCIA DE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA

En el punto cuarto, Venezuela declaró que no aceptaba ni reconocía a la Corte Internacional de Justicia, mientras que Guyana manifestó que está comprometida con el proceso y los procedimientos de la Corte Internacional de Justicia para la resolución de la controversia fronteriza.

¿CUÁL FUE EL ÚNICO LOGRO DE VENEZUELA EN ESA CUMBRE DE LAS GRANADINAS?…

El único punto en el cual Maduro logró algo, fue la ratificación de que “LA VIEJA RECLAMACIÓN ADECA” (como la llamaba Chávez) de los gobiernos de Leoni, Caldera, Herrera y Carlos Andrés, se mantuviera vigente, en virtud de que las partes, en el punto segundo, acordaron que cualquier controversia entre los dos Estados se resolverá de conformidad con el derecho internacional, incluido el Acuerdo de Ginebra de 17 de febrero de 1966.

Ese acuerdo, siempre lo han asumido como válido y aplicable, ambas partes.

¿CUÁL ES LA ÚNICA DIFERENCIA DE OPINIÓN EN EL CONTENIDO DEL ACUERDO DE GINEBRA?

Guyana, en ejecución de ese acuerdo de Ginebra, una vez que consideró que se agotó la figura del buen oficiante, que ambos aceptaron, solicitó la intervención del secretario general de la ONU, Guterres, quien acordó diferir la solución del conflicto a la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia en base al Estatuto de la ONU.

Venezuela, considera que la aplicación de esta instancia de decisión debió hacerse de manera conjunta por ambos estados, y al no hacerse, por mutuo y concurrente consentimiento, no es aplicable.

¿A QUIÉN FAVORECE ESA CONTROVERSIA DE OPINIONES?

Bueno, esa situación, a mi juicio, le da mucha ventaja a Guyana, porque, como Venezuela decidió mantenerse en la postura del DIÁLOGO ETERNO ENTRE LAS PARTES, renunciando de manera total al uso de la fuerza, Guyana mientras tanto, seguirá ejerciendo su soberanía y administración del territorio, dando concesiones, recibiendo inversiones de China, Brasil, y Estados Unidos, siendo el país con el mayor crecimiento del PIB per cápita del mundo, hasta que la Corte Internacional de Justicia decida la controversia.

Como Venezuela, el gobierno de Maduro, no reconoce la jurisdicción de la CIJ, entonces, en principio, se supone que no acudirá a ella, y ésta solo podrá decidir a favor de Guyana.

MADURO SE CERRÓ TODOS LOS CAMINOS:

  1. El diálogo eterno quedó cerrado porque requiere de la voluntad de las dos partes. Quedó cerrado, porque una de ellas ya decidió ir a la CIJ, por haberse agotado el diálogo para la solución del conflicto territorial. Aunque, aceptó dialogar sobre cualquier otra cosa.
  2. El uso de la fuerza, lo renunciaron los dos países en el acuerdo recién firmado.
  3. El uso de la CIJ, Venezuela se lo auto cerró con la postura de no reconocer la jurisdicción de ese órgano de justicia internacional.

¿QUÉ DEBE HACER EL GOBIERNO VENEZOLANO?

Al gobierno de Venezuela solo le queda hacer lo que hizo MARÍA CORINA con su asistencia de ayer viernes 15 de diciembre al TSJ, diciendo que éste no tiene legitimidad, diciendo que ella no tiene inhabilitación alguna, pero igual acudió ante ese Tribunal para que quede en evidencia que no existe la INHABILITACIÓN PARA EJERCER DERECHOS POLÍTICOS COMO PENA ACCESORIA A UNA CONDENA PENAL, tal como lo dice expresamente la Constitución. Y si el TSJ decide que ella sí tiene inhabilitación por la Contraloría General de la República, entonces acudir a al Tribunal de la OEA como lo hizo el presidente Gustavo Petro de Colombia en su oportunidad.

¿QUÉ HARÁN LOS REPRESENTANTES DEL GOBIERNO?

Bueno, ya veremos a los representantes de Venezuela, haciendo lo mismo en abril de 2024, diciendo que la CIJ no tiene jurisdicción, pero igualmente, acudirán a presentar la contestación o memorial que ordenó la CIJ, introduciendo todos los documentos históricos que prueban el derecho de Venezuela sobre ese territorio, así como las pruebas de que el Laudo de París fue fraudulento.

ESO FUE LO QUE DIJIMOS…

Hacer esto último, ir ante la CIJ, fue lo que indicamos miles de venezolanos, antes del Referendo.

No hacía falta hacer el Referendo. Fue inútil. Fue ilegal. Fue inconstitucional. Fue inoficioso.

Con el acuerdo de Las Granadinas, el Referendo, en la vida real, quedó sepultado.

Fue un gran fraude a todos los venezolanos.

¡QUE NO SE LES OCURRA FALTAR A CITA DE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA!

Ojalá no se les ocurra la locura de quedar confesos (no contestar la demanda -memorial- en abril de 2024); porque allí sí quedaría consumada una auténtica traición a los intereses de Venezuela.

Para mi opinión, el Referendo, inútil en el Derecho Internacional para defender los derechos de Venezuela en el Esequibo, solo tiene una utilidad: perseguir a opositores por supuesta traición a la patria…

Gracias.

Óscar Bohórquez Hurtado