La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) notificó este miércoles la sentencia del caso Rojas Riera y otra Vs. Venezuela, en la que declaró la responsabilidad internacional del Estado venezolano por graves violaciones a los derechos humanos cometidas contra Jorge Rojas Riera durante una protesta pacífica en 2003.
Según los hechos probados, el 19 de septiembre de 2003, agentes de la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP), vestidos de civil y sin identificarse, detuvieron ilegalmente a Rojas Riera en la Plaza Francia de Altamira, Caracas, mientras participaba en labores de apoyo logístico a una manifestación pacífica. Fue trasladado al centro de detención “El Helicoide”, donde sufrió actos de tortura, incluyendo golpes, amenazas de violencia sexual, vejámenes y simulacros de ejecución.
La Corte determinó que estas acciones violaron los derechos a la integridad personal, libertad personal, libertad de pensamiento y expresión, participación política y garantías judiciales, en perjuicio de Rojas Riera. Además, reconoció el impacto en su madre, Jackeline Riera Pietri, por los sufrimientos padecidos y las afectaciones al proyecto de vida de ambos.
Principales violaciones declaradas
- Detención ilegal y arbitraria sin informar las razones.
- Tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes en “El Helicoide”, que no fueron investigados adecuadamente.
- Restricción ilegítima a la protesta pacífica y a la libertad de expresión.
- Falta de debido proceso durante la prisión preventiva de más de tres meses.
La sentencia destaca que la permanencia en “El Helicoide” —bajo administración de un órgano de inteligencia— genera un riesgo agravado para la integridad personal, coincidiendo con hallazgos de otros casos y reportes internacionales sobre torturas en ese centro.
Medidas de reparación ordenadas
La Corte ordenó al Estado venezolano, entre otras medidas:
- Cerrar el centro de detención “El Helicoide”, al considerarlo incompatible con las garantías de la Convención Americana.
- Reabrir y avanzar diligentemente la investigación penal para juzgar y sancionar a los responsables.
- Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional.
- Publicar la sentencia en medios oficiales, diarios y redes sociales del Estado.
- Adoptar protocolos especializados para investigar y prevenir la tortura.
- Crear un registro oficial de denuncias relacionadas con “El Helicoide”.
- Pagar indemnizaciones por daños materiales, inmateriales y costas.
La sentencia constituye por sí misma una forma de reparación. La composición de la Corte incluyó jueces de Brasil, Chile, Uruguay, Costa Rica, Argentina, Perú y Paraguay.
Este fallo se produce en un contexto de recurrentes señalamientos internacionales sobre violaciones a derechos humanos en Venezuela y el uso de instalaciones como “El Helicoide” para detenciones vinculadas a protestas políticas.


