Morfema Press

Es lo que es

Armando Esteban Quito

Una reforma petrolera que busca inversión se enfrenta a un marco sancionatorio que puede paralizarla.

Por Dr. Simon P. Deffendini S., Ph.D.

Venezuela intenta relanzar su industria petrolera con una reforma legal que concede a los operadores privados más herramientas para gestionar proyectos, resolver disputas y comercializar crudo, pero al mismo tiempo mantiene un andamiaje de control estatal que habilita congelamientos de activos, prohibiciones de contratar y restricciones societarias. La yuxtaposición de normas aprobadas con catorce meses de diferencia envía señales contrapuestas a los potenciales socios del país. La Reforma de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, promulgada el 29 de enero de 2026, permite arbitraje y otros ADR en los contratos, incorpora un mecanismo de equilibrio económico‑financiero para reponer la rentabilidad cuando cambie el marco fiscal o regulatorio, y autoriza a socios minoritarios a operar técnicamente, abrir cuentas en el exterior y comercializar directamente bajo planes aprobados por el regulador. Es la pieza más explícita de reapertura en años.

La otra cara del mensaje es la Ley Orgánica Libertador Simón Bolívar contra el Bloqueo Imperialista, publicada el 29 de noviembre de 2024, que crea un Registro Nacional desde el cual la administración puede imponer congelamientos preventivos de activos, prohibir contratar con el Estado, suspender la inscripción en el Registro Nacional de Contratistas, restringir importaciones y exportaciones e incluso impedir la constitución o participación en sociedades; además, vincula ciertas conductas con extinción de dominio, prevé multas y contempla inhabilitaciones. El texto está concebido como un escudo de seguridad nacional, pero su aplicación práctica puede interferir en los mismos flujos corporativos y financieros que la reforma petrolera intenta habilitar.

Leído en conjunto, el paquete normativo plantea choques operativos concretos. Los contratos amparados por la reforma de 2026 dependen de movilidad de capital, compras de equipos y acceso a contratación pública; sin embargo, la ley de 2024 faculta a bloquear exactamente esos canales cuando un operador sea incluido en su registro, con medidas que impedirían ejecutar obras, movilizar caja o importar repuestos. En un terreno donde los cronogramas y la continuidad del servicio son críticos, una orden preventiva podría interrumpir cadenas logísticas esenciales y detener el bombeo.

También hay fricción en la arquitectura societaria. El modelo petrolero pivota sobre empresas mixtas y contratos con privadas domiciliadas en el país, lo que exige constituir, modificar y gestionar vehículos corporativos. La norma de 2024 permite prohibir la constitución o participación societaria a quienes estén bajo sus medidas, un candado que impactaría de forma directa la creación o adecuación de las estructuras previstas por la reforma. Para un operador, el riesgo no es teórico: un movimiento administrativo bastaría para invalidar la base jurídica de su presencia en el campo.

La tensión alcanza incluso a la resolución de controversias. La ley de hidrocarburos autoriza el arbitraje y encarga lineamientos al ministerio y a la Procuraduría para estandarizar cláusulas; la ley contra el bloqueo, en cambio, endurece el tratamiento de actuaciones que el gobierno interprete como favorables a decisiones extranjeras “contra la República”. En la práctica, activar una cláusula arbitral internacional —mecanismo que la reforma presenta como garantía— podría leerse bajo el prisma de seguridad nacional, añadiendo un nivel de incertidumbre que pocos financiadores están dispuestos a suscribir.

Hay, además, un solapamiento delicado entre reversión contractual y extinción de dominio. La reforma define cómo retornan los bienes afectos a la actividad al final del contrato; el marco de 2024 prevé forfeiture de activos durante la vida del proyecto si se configuran ciertas conductas. La primera apuesta por una salida ordenada y previsible; la segunda puede intervenir en caliente, alterando la ecuación económica y los compromisos logísticos que sostienen la operación. Para un proyecto intensivo en capital, esa diferencia es la frontera entre bancabilidad y parálisis.

El gobierno ha defendido la reforma de 2026 como un punto de inflexión para una industria crucial para las cuentas fiscales, pero la credibilidad de ese giro dependerá de un hecho simple: coherencia entre lo que se ofrece en contratos y lo que puede activarse por otra ventanilla. Abogados de energía y compliance apuntan una salida pragmática: un reglamento vinculante de la ley de 2024 que establezca salvaguardas operativas para proyectos estratégicos, con medidas narrow‑tailored, plazos, notificación, oportunidad de defensa y criterios de salida; un protocolo interministerial para realizar evaluaciones de riesgo antes de restringir a entidades con contratos en curso; y plantillas contractuales bajo la reforma de 2026 que operacionalicen el reequilibrio con métricas y tiempos definidos. Son ajustes de técnica legislativa, no de teoría política, pero su ausencia deja que el perfil sancionatorio domine el relato inversor.

Por ahora, Venezuela convive con dos mensajes. El primero invita a capital y promete previsibilidad; el segundo equipa al Estado con controles de emergencia que pueden detener los mismos proyectos que intenta atraer. En un sector donde la señal institucional se mide en capacidad de ejecutar, financiar y sostener operaciones, la falta de una capa de coordinación convierte ese binomio en un riesgo sistémico. Sin un puente normativo claro, el “overlay” duro de control terminará imponiéndose sobre el pitch de inversión y el país seguirá atrapado en el terreno más costoso: el de las expectativas incumplidas.

El abogado defensor de derechos humanos Omar Mora Tosta expresó que las restricciones impuestas a los dirigentes Juan Pablo Guanipa y Perkins Rocha resultan “incomprensibles” después de sus procesos de excarcelación.

Efecto Cocuyo

Mora Tosta insistió en que Guanipa no violó ninguna de las medidas cautelares establecidas por el tribunal.

“Guanipa no incumplió las medidas cautelares que le impusieron”, afirmó con claridad. En el caso de Perkins Rocha, criticó el arresto domiciliario combinado con tobillera electrónica, prohibición de declarar y otras limitaciones adicionales, a pesar de que el dirigente permanece en su residencia.

El jurista rechazó la idea de perdonar delitos a personas que nunca cometieron hechos punibles. “Perdonar los delitos de personas que no han cometido ningún hecho punible no me parece una solución. Queremos avanzar como sociedad”, explicó.

Para lograr paz y concordia en Venezuela, Mora Tosta exigió la derogación de leyes que atentan contra los derechos humanos. “Si realmente hay la voluntad de cambiar, bienvenida sea. Esto es un tema político”, señaló.

El abogado destacó, a su salide de una reunión en la sede del PNUD en Caracas, que «hay mecanismos procesales que pueden resolver esta situación inmediatamente. Sin justicia y con impunidad, nunca avanzaremos como sociedad”, precisó.

Agregó que su equipo permanece dispuesto a entregar información que proteja la vida de detenidos sin delitos comprobados.

Mora Tosta subrayó que la verdadera transición requiere separación de poderes como pilar fundamental.

“Si realmente estamos buscando un clima de concordia en el país, y queremos avanzar a una transición, el pilar debe ser la separación de poderes. Eso vinimos a pedir”, concluyó.

Respecto a la ley de amnistía en discusión, el defensor de derechos humanos sostuvo que no resulta necesaria para decidir liberaciones de presos políticos. El avance real depende de justicia independiente y respeto pleno a los derechos humanos.

Las autoridades estadounidenses han emitido este lunes un aviso en el que emplazan a todos los barcos con bandera de este país a evitar las aguas territoriales iraníes cuando crucen el estrecho de Ormuz, uno de los puntos más transitados del comercio marítimo mundial.

La Gaceta de la Iberosfera

Los buques deben «permanecer lo más lejos posible de las aguas territoriales de Irán sin poner en peligro la seguridad de la navegación», según el mensaje publicado por el Departamento de Transporte de Estados Unidos.

Recuerda además los precedentes de buques comerciales «contactos, preguntas, abordajes, detenciones y capturas por parte de fuerzas iraníes».

En caso de que se produzca un contacto por sistemas de comunicación, los buques deben responder que están transitando conforme al derecho internacional, explica el Departamento de Transporte, que pide rechazar el permiso de abordaje, aunque siempre sin ejercer ninguna resistencia a un abordaje.

El mensaje de este lunes reemplaza al anterior, que indicaba que no había «ninguna amenaza específica para los buques de bandera estadounidense en esta ubicación».

El partido Vente Venezuela (VV), liderado por la nobel de la paz de 2025, María Corina Machado, confirmó este lunes que el exdiputado Juan Pablo Guanipa se encuentra recluido en la sede de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) en Maripérez, Caracas. Su arresto ocurrió horas después de ser excarcelado el domingo y, según la organización, fue detenido de nuevo por «hombres no identificados».

El Nacional

«Tenemos la confirmación de que aún se encuentra en Maripérez. Por eso exigimos la libertad inmediata no solo de Juan Pablo Guanipa, sino de todos los presos políticos», declaró Orlando Moreno, coordinador nacional de VV, en rueda de prensa tras reunirse con representantes de la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos en Caracas.

Moreno desmintió al fiscal general, Tarek William Saab, quien afirmó en un comunicado que había solicitado a un tribunal revocar «la medida cautelar (excarcelación) acordada a Guanipa» por, supuestamente, «haberse verificado el incumplimiento de las condiciones impuestas» por las autoridades judiciales.

Hijo de Juan Pablo Guanipa exige fe de vida de su padre

Guanipa había estado detenido en la misma sede policial de Maripérez, desde mayo del año pasado, cuando fue acusado por las autoridades de un presunto plan para boicotear los comicios legislativos y regionales de ese mes.

Tras ser liberado el domingo, encabezó una caravana por la libertad de los presos políticos, pero cerca de la medianoche fue arrestado nuevamente.

Su hijo Ramón Guanipa dijo en rueda de prensa este lunes que alrededor de las 11:45 pm del domingo, hombres no identificados, sin uniforme y portando armas largas, interceptaron y golpearon el vehículo en el que viajaba su padre junto con otras personas, para luego llevárselo.

Manifestó que desconocía el paradero de su padre, por lo que exigió prueba de vida.

«Mi padre no cometió ningún delito ni violó sus medidas cautelares. Tengo la boleta de excarcelación que indica claramente que sus únicas condiciones eran presentarse cada 30 días ante el tribunal y la prohibición de salir del país», añadió.

La Fiscalía informó este lunes, mediante comunicado, que solicitó ante un tribunal revocar «la medida cautelar (excarcelación) acordada al ciudadano Juan Pablo Guanipa» debido al supuesto incumplimiento de las condiciones judiciales impuestas. El organismo también pidió que el exdiputado pase «a un régimen de detención domiciliaria».

La excarcelación y posterior detención de Guanipa ocurren en medio del proceso de consultas que efectúa el Parlamento con sectores de la sociedad civil para aprobar un proyecto de amnistía propuesto por la mandataria encargada, Delcy Rodríguez, así como de las excarcelaciones de cientos de presos políticos desde el 8 de enero.

«Que sea una ley que sirva para reparar las heridas que ha dejado la confrontación política». Este es el objetivo que persigue la presidenta encargada de la República, Delcy Rodríguez, con el proyecto de Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática que anunció el pasado 30 de enero.

Acceso a la Justicia

Aunque la decisión supone una buena noticia para los miles de venezolanos que están tras las rejas o excarcelados con severas limitaciones para ejercer sus derechos constitucionales, la manera como la iniciativa ha transitado por la Asamblea Nacional ha generado preocupación. ¿La razón? El texto no fue publicado oficialmente por el Parlamento hasta la noche del 6 de febrero, es decir, casi 2 días después de que fuera aprobado en primera discusión por los diputados.

La publicación del texto confirmó algunas inquietudes. Tras revisar los 13 artículos que contiene el borrador, en Acceso a la Justicia hemos encontrado cinco debilidades que consideramos deberían ser subsanadas para asegurar el cumplimiento del objetivo planteado por la presidenta encargada.

1. Contradicciones en cuanto a su concepción e interpretación

El proyecto, en su exposición de motivos, incurre en contradicciones fundamentales al hablar de «extremismo», con lo cual se descalifica de entrada a quienes podrían beneficiarse de la amnistía y presupone su responsabilidad penal.

A lo anterior hay que agregarle que en el penúltimo párrafo introduce el concepto de «clemencia soberana», el cual también implica la existencia previa de responsabilidad o culpa, lo que desnaturaliza a la amnistía, que por definición no prejuzga.

Asimismo, el artículo 5 incorpora una cláusula general según la cual, en caso de duda, se aplicará la interpretación que más favorezca la protección de los derechos humanos. Sin embargo, no consagra expresamente el principio penal básico de interpretación más favorable al imputado (in dubio pro reo), lo cual es especialmente grave dada la naturaleza del proyecto de ley y podría perjudicar a los potenciales beneficiarios de la medida.

Un ejemplo claro serían aquellas personas señaladas de estar involucradas en alguno de los supuestos magnicidios que las autoridades aseguran haber neutralizado en los últimos años. Aunque el borrador ciertamente excluye el delito de homicidio, no excluye el de intento de homicidio.

A la luz de la interpretación in dubio pro reo, las personas imputadas por presunto magnicidio, que en realidad es presunta tentativa de magnicidio, ya que el presidente de la República al momento de dichos hechos no fue asesinado, conforme a dicho principio deberían estar incluidas en la amnistía.

2. Sin recursos ni medios

«Este proyecto de Ley no requiere aportes presupuestarios adicionales, pues su ejecución forma parte de las competencias ordinarias de los órganos del Poder Público existentes», se lee en el último párrafo del proyecto. La afirmación es llamativa, por cuanto la aplicación de la ley generará miles de solicitudes de sobreseimiento, así como la revisión de también miles de causas penales y la consiguiente corrección y actualización de igual número de antecedentes penales.

A nuestro criterio, esto debería llevar a la creación de órganos ad hoc, tanto en los tribunales penales como en el Ministerio Público (MP), los cuales se encarguen exclusivamente de la ejecución de la amnistía. Pretender que estas tareas sean realizadas por los mismos funcionarios y con el mismo presupuesto que no da abasto para las miles de causas ordinarias pendientes en los tribunales solo contribuirá a agravar el retardo procesal existente.

3. Alcance de la ley

El artículo 6 del proyecto establece que

«se concede amnistía general a favor de todas aquellas personas que hayan sido procesadas o condenadas, por la presunta o comprobada comisión de delitos políticos o conexos, desde el 1 de enero de 1999 al 30 de enero de 2026».

Aunque la norma es amplia, luego se listan los hechos, y ello puede indicar que quedan por fuera algunos sucesos. Así, por ejemplo, el artículo 6 en sus 10 numerales menciona, entre otros, las sucesivas olas de protestas que han sacudido al país desde 2007 (cierre de Radio Caracas Televisión), tales como las ocurridas tras las elecciones presidenciales sobrevenidas de abril de 2013 («La Salida», de 2014), pero no se refiere a los sucesos y hechos registrados entre mayo de 2019 y junio de 2024.

La omisión pareciera destinada a excluir hechos como el presunto intento de magnicidio contra Nicolás Maduro registrado en agosto de 2018, así como las llamadas operaciones Aurora (2019) y Gedeón (2020), por las cuales están detenidos numerosos militares activos y retirados.

Por otra parte, se incluyen hechos que ya fueron objeto de una ley similar dictada por el fallecido Hugo Chávez el 31 de diciembre de 2007, tales como los sucesos del 11 de abril de 2002 o el paro petrolero de 2003.

4. No para delitos comunes

«La persona que cometió homicidio, o que esté involucrada en narcotráfico o en corrupción, no puede esperar ser beneficiada con la ley de amnistía», anunció la diputada Iris Varela.

El proyecto de ley se ajusta a lo expresado por la legisladora, pues no solo excluye los delitos contra el patrimonio, sino que no menciona las sanciones administrativas impuestas por la Contraloría General de la República, como las inhabilitaciones para el ejercicio de cargos públicos. Estas medidas han limitado los derechos civiles y políticos de miles de venezolanos sin que se les garantizara el debido proceso ni se cumpliera el mandato constitucional que indica que esta medida solamente puede ser impuesta por un juez.

Asimismo, la ley excluye el delito de homicidio, dentro del cual se ubica el magnicidio como una forma calificada. Este tipo penal ha sido imputado a numerosos militares, tanto activos como retirados. Sin embargo, no puede hablarse de magnicidio cuando no se ha producido la muerte de la presunta víctima. El solo hecho de que la persona objeto del supuesto atentado —en este caso, el presidente de la República— se encuentre con vida implica que no se configura el delito consumado, sino, en todo caso, una presunta tentativa de magnicidio.

En consecuencia, así como el Código Penal distingue claramente entre el homicidio consumado y su tentativa, asignándoles una configuración jurídica y un régimen sancionatorio distintos, esa misma diferenciación debe aplicarse al momento de interpretar el alcance de la ley de amnistía.

En este sentido, y atendiendo al principio in dubio pro reo, las personas imputadas por presunto magnicidio —cuando los hechos descritos corresponden en realidad a una presunta tentativa— deberían quedar comprendidas dentro de los supuestos amnistiables.

A esto se añade que el magnicidio es un delito político que debería ser objeto de amnistía conforme a lo dispuesto en el artículo 1 del proyecto de ley.

5. Debilidades en los procedimientos

El proyecto de ley atribuye la ejecución de la amnistía tanto a los tribunales como al MP, es decir los mismos órganos que participaron en lo que organismos como la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos para Venezuela de la Organización de las Naciones Unidas han calificado como «represión masiva e indiscriminada». Esto constituye un claro conflicto de intereses.

El artículo 9 del borrador establece que los tribunales de control o de juicio, a petición del fiscal o de la persona interesada, verificarán si se cumplen los supuestos para sobreseer cada caso. Lo anterior deja dudas respecto a lo que ocurre si la persona falleció o está en el extranjero.

El proyecto no habilita a familiares, abogados u organizaciones no gubernamentales para actuar en representación de los potenciales beneficiarios de la amnistía.

A lo anterior hay que sumarle el hecho de que el borrador no establece qué debe ocurrir en el supuesto de que un juez determine que el caso sometido a su consideración no es susceptible de amnistía. Aunque debería aplicarse el Código Orgánico Procesal Penal (COPP), en su condición de ley general en la materia y, por tanto, supletoria, sería pertinente que este aspecto se regule de manera expresa, dada la celeridad que debería caracterizar la tramitación de estos asuntos.

Otro punto que tampoco está del todo claro es el relacionado con los antecedentes penales. El artículo 11 señala lo siguiente:

«los organismos administrativos, policiales o militares en los cuales reposen registros o antecedentes sobre personas beneficiadas por la amnistía objeto de esta Ley, deberán eliminar de sus archivos los registros y antecedentes relacionados con ellas, de oficio o a solicitud del Ministerio Público o de la persona interesada».

Sin embargo, la norma no aclara si las personas que están en el exterior pueden solicitar su eliminación, así como los familiares de aquellos que fallecieron.

Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?

La decisión de las autoridades de impulsar una Ley de Amnistía es una buena noticia para los miles de venezolanos que han sido judicializados por motivos políticos, que han tenido que salir del país para evitar terminar en un calabozo o que hoy tienen su libertad restringida de alguna manera por ejercer sus derechos fundamentales. Este es un paso indispensable para iniciar el camino de la reconciliación y poner fin a la crispación reinante desde hace más de dos décadas.

Sin embargo, la no publicación del borrador antes de que fuera aprobado en primera discusión por los diputados es una irregularidad que nos recuerda que todavía falta mucho para que el Estado venezolano abandone su política de opacidad y discrecionalidad. Aun así, la consulta pública abre las puertas para que se subsane no solamente esta deficiencia, sino también otras fallas detectadas por nosotros y otras organizaciones civiles al texto.

Una buena señal en ese sentido fue la invitación que recibimos el pasado sábado 7 de febrero por parte de la comisión parlamentaria que tiene a su cargo llevar adelante, entre otros, la consulta del proyecto de ley, donde junto con otras organizaciones de la sociedad civil, como Foro Penal, Provea; Justicia Venezolana y el Comité por la Liberación de Presos Políticos pudimos expresar libremente nuestras inquietudes.

Abogamos en ese sentido por que la comisión parlamentaria tome en cuenta las inquietudes de la sociedad civil, así como de víctimas y ciudadanos en el proceso de consulta.

Asimismo, se espera que los próximos pasos para la aprobación definitiva del proyecto se desarrollen con plena transparencia y con estricto respeto a lo previsto en el ordenamiento jurídico venezolano.

Finalmente, se exhorta a que la aplicación de la ley sea célere, justa, garantista y transparente, de modo que permita alcanzar a la brevedad la tan anhelada libertad y tranquilidad de todas las personas que han sido víctimas de persecución política desde 1999 hasta el 30 de enero de 2026, así como de sus familias.

La Conferencia Episcopal Venezolana (CEV) ha hecho pública este 09 de febrero de 2026 la Exhortación Pastoral fruto de las reflexiones de la CXXV Asamblea Ordinaria Plenaria. Bajo la cita bíblica “Despuntará tu luz como la aurora” (Is 58, 8), los pastores de la Iglesia venezolana dirigen un mensaje de esperanza al país ante la compleja situación social, política y económica que atraviesa la nación.

La Exhortación es el fruto de la oración y la escucha de los pastores ante las inquietudes que atraviesa nuestra patria. En sus páginas, los obispos nos invitan a encontrar consuelo en medio de la tempestad, recordando que Jesús siempre está con su pueblo, dándonos la certeza de que no estamos solos. El texto aborda con cercanía el dolor por el empobrecimiento, propone caminos concretos para la reconciliación nacional, la purificación de la memoria y el respeto a la soberanía popular que reside en el ciudadano.

Una invitación para todos

Esta Exhortación de los Obispos de Venezuela está dirigida a todos los hombres y mujeres de buena voluntad.

La petrolera estatal venezolana, Pdvsa, ha revertido la mayoría de los recortes de producción que había ordenado en sus propios campos petrolíferos y empresas mixtas en la principal región petrolera del país, la Faja del Orinoco, lo que ha elevado la producción total del país a cerca de 1 millón de barriles por día (bpd), según informaron fuentes cercanas a las operaciones.

Por: Marianna Parraga – Reuters

El país miembro de la OPEP tuvo que recortar la producción de crudo, su principal fuente de ingresos, tras el bloqueo petrolero impuesto en diciembre por Washington para presionar al presidente Nicolás Maduro, quien fue capturado a principios de enero, lo que dio lugar al gobierno interino de la presidenta Delcy Rodríguez, supervisado por Estados Unidos.

El estricto bloqueo estadounidense dejó millones de barriles de crudo exportable estancados en tanques y buques en tierra en el país, lo que obligó a aplicar recortes de producción que Pdvsa ha comenzado a revertir recientemente a medida que las exportaciones se recuperan cerca de niveles normales.

La región del Orinoco produce ahora poco más de 500.000 bpd tras los aumentos del fin de semana en varios proyectos, según las fuentes, más de 100.000 bpd por encima de los niveles de principios de enero. Las casas comerciales Trafigura y Vitol obtuvieron el mes pasado licencias iniciales en EE. UU. para exportar y comercializar millones de barriles de petróleo venezolano como parte de un acuerdo emblemático de suministro de 2.000 millones de dólares entre Caracas y Washington.

El Departamento del Tesoro de EEUU también ha emitido licencias generales en las últimas semanas que permiten, en general, a empresas estadounidenses exportar petróleo venezolano y suministrar combustible al país. Se espera que a estas licencias les sigan otras autorizaciones para la exploración y producción de petróleo en el país, según informaron otras fuentes.

Las licencias estadounidenses han ayudado a desenredar las exportaciones, liberando crudo y combustible en inventario, proporcionando diluyentes muy necesarios para el petróleo extrapesado de Venezuela y permitiendo a Pdvsa aumentar la producción, especialmente en la Faja del Orinoco, indicaron las fuentes.

La líder venezolana María Corina Machado tuvo este lunes una intervención ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en la que destacó tanto los años de represión en Venezuela como la resiliencia de la sociedad civil en la lucha por la democracia. Durante la reunión aseguró que «no hay transición con represión».

Vente Venezuela

En ese sentido, explicó que no se puede hablar de una transición hacia la democracia «mientras no se pueda elevar la voz, decir la verdad. Y esa es la realidad en Venezuela hoy”.

Además, durante su intervención, describió la magnitud de la represión en el país y la situación de los presos políticos. Recordó que hay más de 600 ciudadanos secuestrados por el régimen de Nicolás Maduro: “Ayer fue un día de enormes emociones, pero no puedo dejar de reconocer donde estamos. Hay al menos 600 presos políticos, unos 180 son militares. Ninguno de ellos goza yo de libertades plenas”. Señaló casos como el de Perkins Rocha, “con un grillete, algo sin precedentes”, y el de Guanipa, “secuestrado por gente armada y regresado al sitio donde estaba previamente recluido”.

La dirigente destacó también el ataque del régimen a la justicia y la libertad de expresión: “Hoy, ser juez en Venezuela implica estar sometido a la absoluta complacencia de cualquier necesidad del régimen o terminar preso y perseguido. Hoy un periodista, incluso fuera de Venezuela, corre el riesgo al denunciar cualquier situación”.

En su discurso, Machado aseguró que la ocasión representaba “una enorme emoción y responsabilidad” y subrayó la valentía de quienes han luchado por la libertad: “Venimos como parte de una sociedad que ha llevado adelante una lucha extraordinaria porque es apasionadamente comprometida con la libertad, y entiende que solo es posible vivir con democracia y paz”.

En referencia al Sistema Interamericano, Machado subrayó que Venezuela sigue siendo parte del mismo y valoró los informes de la CIDH como parte de la memoria histórica del país: “Los informes que ustedes han hecho a lo largo de estos años son parte de nuestra memoria histórica, y quiero hacer mención del informe post electoral del 2025, sobre la naturaleza del régimen y el terrorismo de Estado como calificación marca un hito”.

Las propuestas de María Corina a la CIDH

La líder opositora planteó varias acciones concretas para avanzar en la defensa de los derechos humanos en Venezuela: documentar la usurpación del poder y la soberanía popular del 28J, mantener la presión por la liberación de los presos políticos, exigir la correcta aplicación de la Ley de Amnistía, considerar una visita de la CIDH a Venezuela, y redactar un nuevo informe sobre la situación actual.

Finalmente, Machado sostuvo que confía en que «Venezuela va a ser libre y democrática, y escribiremos la historia juntos. Son años dolorosos, pero de enorme valentía”. También reconoció el papel de la CIDH: “Habrá un enorme reconocimiento también a ustedes por lo que han hecho”.

  • 1. Seguir documentando la usurpación del poder y lo ocurrido el 28J como ejercicio legítimo de soberanía popular, pese a violaciones legales e internacionales.
  • 2.Mantener la denuncia constante hasta la liberación de todos los presos políticos y amplificar la voz de quienes siguen detenidos.
  • 3.Denunciar las irregularidades de la Ley de Amnistía y exigir su aplicación plena y sin restricciones.
  • 4.Plantear una visita internacional a Venezuela como señal de apoyo a víctimas y defensores de derechos humanos.
  • 5.Solicitar un nuevo informe actualizado sobre la situación del país.
  • 6.Continuar impulsando las medidas necesarias hasta que cesen las violaciones.

Ayer Venezuela vivió, en cuestión de horas, la paradoja más cruel de su historia reciente: la alegría de la libertad y el golpe inmediato de la arbitrariedad.

Primero llegó la noticia que parecía abrir una rendija de luz en medio de la oscuridad. Fueron liberados varios presos políticos, entre ellos: Henry Alviarez, Dignora Hernández, Jesús Armas, Luis Palocs, Luis Somaza y Juan Pablo Guanipa.

Sus nombres, largamente asociados al dolor, a la injusticia y al encierro, regresaban al espacio de lo posible, al territorio de la esperanza.
Por un instante, el país respiró.

Pero la esperanza duró poco.

Horas más tarde, el régimen volvió a mostrar su verdadero rostro: Juan Pablo Guanipa fue nuevamente secuestrado.

La explicación oficial fue aún más reveladora que el hecho mismo: una supuesta “revocatoria de excarcelación”, motivada por el presunto incumplimiento de condiciones impuestas por los tribunales.

¿Y cuáles eran esas condiciones?

La renuncia a derechos fundamentales.

El silencio como norma.

La sumisión como requisito.

La libertad de expresión y de tránsito convertidas en privilegios condicionados.

No se trataba de libertad.

Se trataba de obediencia.

Lo ocurrido ayer desnuda una verdad incómoda: el régimen no libera, administra el miedo. No concede derechos, impone concesiones. No reconoce ciudadanos libres, tolera súbditos vigilados.

Esta no es la libertad que anhela un pueblo.

Esta no es la libertad por la que han luchado generaciones de venezolanos.

Esta no es la libertad que merecen quienes han sido perseguidos, exiliados, encarcelados y torturados por pensar distinto.

La libertad con cortapisas, la libertad condicionada, la libertad sometida a la censura y al chantaje, no es libertad: es una prolongación del cautiverio por otros medios.

Frente a esa caricatura de libertad, se alza una idea más alta, más profunda y más irrenunciable: la Sublime Libertad.

La Sublime Libertad no se negocia.

No se condiciona.

No se revoca.

No exige silencio ni obediencia.

Reconoce al ciudadano como sujeto pleno de derechos, no como rehén del poder.

Por eso el secuestro de Juan Pablo Guanipa no es un hecho aislado, sino un mensaje: el régimen teme a quienes no aceptan la libertad humillada, a quienes no se arrodillan ante la libertad vigilada, a quienes entienden que la dignidad no admite cláusulas.

Ayer celebramos la liberación de varios hermanos.

Hoy denunciamos que uno de ellos ha sido nuevamente arrancado de la libertad.

Mañana seguiremos exigiendo lo que aún falta.

Seguimos firmes, sin resignarnos, sin acostumbrarnos, sin callar:

¡Libertad plena para Juan Pablo Guanipa!

¡Libertad para todos los presos políticos!

¡Sublime Libertad, sin sumisión y sin cadenas!

Porque la libertad verdadera no se concede: se conquista.

Y porque ningún régimen puede detener para siempre la marcha de un pueblo que decidió ser libre.

El desfile de la Feria Internacional del Sol 2026, tradicionalmente el evento más esperado en Mérida, se empañó este año por un clima de rechazo popular. Lo que debía ser una jornada de júbilo terminó convertida en el epicentro de un malestar tras la inclusión de figuras políticas en el recorrido.

El Nacional

La jornada ya presentaba signos de agotamiento desde temprano. Aunque el inicio estaba pautado para las 9:00 am, el evento tuvo un retraso de más de cuatro horas, obligando a los asistentes, incluyendo a niños y ancianos, a esperar bajo el sol, lo que caldeó los ánimos antes de que el primer motor arrancara.

La tensión estalló cuando apareció en escena una carroza oficialista. La estructura estaba adornada con figuras gigantescas de Nicolás Maduro y Hugo Chávez. Pese a que la carroza portaba consignas como «Libertad o Muerte» y «Mérida, cuna de Libertad», el mensaje no resonó con los presentes.

Al avistar las imágenes de Maduro y Chávez, los asistentes respondieron con un abucheo masivo que silenció la música del desfile. En las grabaciones se escucha : “¡Ni Chávez vive ni Maduro vuelve!”.

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